Términos y condiciones del referido
Estos términos y condiciones tienen por objeto darle a conocer a los clientes que Constructora Nio S.A.S. realizará una actividad de referidos (en adelante la “Campaña” o “Actividad”), de acuerdo con los siguientes términos y condiciones (en adelante los “Términos y Condiciones”):
1. LAS PARTES
1.1. Por una parte, Constructora Nio S.A.S., sociedad colombiana, legalmente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Colombia, con NIT. 900.724.364–8, con domicilio social en la Calle 79 No 8 – 38 en la ciudad de Bogotá D. C., inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., con correo electrónico info@Constructoranio.com (en adelante “Constructora Nio”). 1.2. Por otra parte, el Cliente de Constructora Nio (definición establecida en los conceptos generales). Constructora Nio y el Cliente de Constructora Nio, quienes de manera conjunta se denominarán las “Partes”, e individualmente como la “Parte”, se regirán por los presentes Términos y Condiciones que regularán la Campaña en los siguientes términos:2. INFORMACIÓN MÍNIMA
2.1. Vigencia: La Campaña estará vigente desde el treinta (30) de enero de dos mil veinticuatro (2024), hasta el treinta (30) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), y/o hasta agotar las unidades disponibles del Incentivo económico (adelante definido), las cuales se especifican en el numeral 3.4 siguiente, lo que ocurra primero (en adelante el “Término de Vigencia”) 2.2. Objeto: La Actividad es una campaña organizada por Constructora Nio, en virtud de la cual el Referente (término definido más adelante) que, durante el Término de Vigencia de la Actividad, refiera a un nuevo cliente para el proyecto ciudadela Nio (definido más adelante), podrá acceder al Incentivo económico (definido más adelante), siempre y cuando cumpla con todas las condiciones previstas en estos Términos y Condiciones.3. CONCEPTOS GENERALES Y DEFINICIONES
3.1. Cliente de Constructora Nio: serán toda aquella persona natural, (no aplica para personas jurídicas) que realicen satisfactoriamente el proceso de compra de un inmueble (definido en el numeral 3.8) en el Proyecto Ciudadela Nio que se especifican en el numeral 3.3 siguiente durante el Término de Vigencia (en adelante el “Cliente de Constructora Nio” o los “Clientes de Constructora Nio”). 3.2. Incentivo económico: Corresponde a un pago en efectivo previa autorización y presentación de cuenta de cobro. (Definido en el numeral 4.6) 3.3. Proyecto aplicable: La Campaña aplica única y exclusivamente para las siguientes torres del proyecto residencial tangara de la ciudadela Nio (en adelante el “Proyecto Aplicable”): 1. Torre 1 2. Torre 2 3. Torre 3 3.4. Unidades asignadas al Proyecto Aplicable:
3.5. Referente: Cliente de Constructora Nio que cumple con lo indicado en estos Términos y Condiciones y sugiere a nuevos clientes con el propósito de que éstos compren un inmueble en el Proyecto Aplicable (en adelante el “Referente”) mediante el debido registro y suministro de información del contacto a través del formulario ubicado en la página web de la constructora https://ciudadelanio.com/plan-de-referidos/ antes de realizar la compra del inmueble.
3.6. Referido: Persona natural que, en virtud de la recomendación del Referente, separa un inmueble en el Proyecto Aplicable (en adelante el “Referido”) y que no se encuentra registrado en la base de datos de la constructora Nio como un PROSPECTO ACTIVO.
3.7. Prospecto activo: Lead, registro o contacto que se encuentra en la base de datos de la constructora Nio con seguimiento vigente por parte del ejecutivo comercial de la constructora o seguimiento cancelado hace menos de 1 mes.
3.8. Compra: es la etapa del proceso de negociación para adquirir un inmueble en el Proyecto Aplicable en la cual el Cliente de Constructora Nio ha cumplido con las siguientes condiciones: (i) suscribir el documento de separación que será enviado por la sala de ventas del Proyecto Aplicable o diligenciado directamente en línea al momento de escoger del inmueble del Proyecto Aplicable; (ii) suscribir la vinculación a la fiduciaria; (iii) suscribir la autorización de Tratamiento de Datos Personales (iv) consignar el valor correspondiente a la separación; (v) presentar el recibo de consignación del pago correspondiente a la separación del inmueble elegido en el Proyecto Aplicable (en adelante la “Separación”). (v) suscribir contrato de promesa de compraventa.
3.9. Promesa de compraventa y/o beneficio de área: Previa declaración del punto de equilibrio del proyecto aplicable las partes deben suscribir contrato de promesa de compraventa para confirmar el proceso de compra.
3.10. Formas de pago: El referido puede efectuar la compra en el proyecto aplicable en torre 1 y torre 2 mediante COMPRA DE CONTADO o COMPRA PLAZO, y COMPRA PREVENTA sobre planos en la torre 3.
3.11. Compra contado: Aplica exclusivamente para los inmuebles del proyecto aplicable que se encuentren para entrega inmediata y en donde el pago total del inmueble se realiza en menos de 3 meses según promesa de compraventa.
3.12. Compra plazo: Modelo de financiación que aplica exclusivamente para los inmuebles del proyecto aplicable que se encuentran para entrega inmediata y en donde el pago total del inmueble se realiza con plazo hasta de 18 meses.
3.13. Compra preventa: Aplica exclusivamente para los inmuebles de la TORRE 3 del proyecto aplicable que NO se encuentran construidos y están en fase de venta sobre planos.
3.14. Apartamento: Unidad inmobiliaria que puede ser desde 64m2 hasta 115m2.
3.15. Apartaestudio: Unidad inmobiliaria que consta de 28m2.
4. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL INCENTIVO.
Los interesados en participar en la Campaña deberán cumplir con los siguientes requisitos: 4.1. Cumplir con lo establecido en el numeral 3.1. con el fin de ostentar la calidad de Cliente de Constructora Nio. 4.2. Cumplir con lo establecido en el numeral 3.5. con el fin de ostentar la calidad de Referente. 4.3. Cumplir y finalizar satisfactoriamente los trámites de compra del inmueble en las condiciones establecidas en el numeral 3.8. 4.4. Cumplir y finalizar satisfactoriamente los trámites firma de promesa de compra venta del inmueble en las condiciones establecidas en el numeral 3.9. 4.5. Cumplir durante el periodo de vigencia de la Campaña con los procedimientos y trámites internos de Constructora Nio, así como las políticas internas relacionadas con la vinculación de clientes las cuales serán informadas por el asesor de la sala de ventas del proyecto aplicable al momento de iniciar el proceso de compra. 4.5. El Referente recibirá el Incentivo económico siempre y cuando cumpla con estos Términos y Condiciones y sugiera al Referido que compre un inmueble en el proyecto aplicable. El Referido debe: (i) cumplir con el proceso de Separación de un inmueble que haga parte del proyecto aplicable durante el Término de Vigencia de la Campaña; (ii) pagar la separación y confirmación según se acuerde con la sala de ventas. (iii) suscribir contrato de promesa de compra venta en el proyecto aplicable. 4.6. El Incentivo económico será pagado en efectivo previa autorización y presentación de cuenta de cobro según el tipo de compra así:
En el evento que el referente en un mismo mes logre referir más de 2 COMPRAS PREVENTAS de apartamento el incentivo será así:
4.7. El valor del Incentivo económico se podrá dividir en dos pagos de la siguiente forma:
Pago del 50% del incentivo total: previo cumplimiento del referido con el proceso de Separación de un inmueble que haga parte del proyecto aplicable durante el Término de Vigencia de la Campaña; (ii) pagar la separación y confirmación según se acuerde con la sala de ventas.
Pago del 50% del incentivo total: previo cumplimiento del referido con la suscripción del contrato de promesa de compra venta en el proyecto aplicable.
4.8. El Incentivo no es acumulable con otros descuentos, acuerdos, atenciones comerciales y, en general, cualquier otro incentivo entregado o prometido al Cliente de Constructora Nio.
4.9. Está excluido del Incentivo cualquier gasto o costo adicional no especificado que efectúe el Referente.
4.11. En caso que el referido ceda o desista de la compra, el incentivo económico no se pagara al referente.
4.12. El Referente sólo podrá ser acreedor del Incentivo económico cuando el Referido cumpla los requisitos establecidos.
4.13. El Referido deberá ser alguien que nunca ha comprado ni separado algún inmueble en el proyecto aplicable.
4.14. El Referente podrá referir a su cónyuge o compañero permanente.
4.15. El Referente podrá referirse a él mismo.
4.16. El Referido podrá incluir en la separación o venta al Referente como segundo comprador.
4.17. Para que el Incentivo sea efectivo, el Referido deberá comprar únicamente en el Proyecto Aplicable de la Campaña.
4.18. El referido tiene máximo 3 meses para realizar la compra del inmueble a partir de la fecha de inscripción realizada por el referente, pasada esta fecha limite el referente tendrá que realizar nuevamente el registro de su referido por la página web.
4.19. El Incentivo será entregado al Referente después de que el Referido haya pagado la separación y firmado la promesa de compraventa del inmueble.
4.20. Una vez el referido culmine su proceso de compra, el referente recibirá confirmación vía correo electrónico de la efectividad de su referido y esta confirmación debe anexarse a la cuenta de cobro junto a su copia de cedula, rut y certificado bancario, para autorización del pago correspondiente.
4.21. Una vez el referido cumpla con las condiciones de compra, el referente tendrá un plazo máximo de 6 meses para radicar la cuenta de cobro correspondiente.